En la sesión 58ª de la Convención Constitucional se aprobaron algunas de las normas contenidas en el primer informe de la Comisión sobre Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal.
Las normas aprobadas se refieren a la «Regulación de la Forma de Estado, Organización Regional y Competencias«, las cuales pasaron a ser incorporadas en el proyecto de Constitución, que será revisado con posterioridad por la Comisión de Armonización.
El articulado aprobado se refiere a la definición de Chile en cuanto Estado Regional, las Entidades Territoriales y su Autonomía, el Territorio, la solidaridad, cooperación y asociatividad territorial, la Participación en las entidades territoriales, el Desarrollo Territorial, la Equidad, Solidaridad y justicia territorial, la Plurinacionalidad e interculturalidad en el Estado Regional, Principio de no tutela entre entidades territoriales, correspondencia entre competencias y recursos, cuestiones y radicación preferente de competencias, diferenciación territorial, las Regiones Autónomas y sus competencias, el Gobierno Regional, sus atribuciones exclusivas y el Consejo de Gobernaciones, el Consejo de Alcaldes y Alcaldesas, y las entidades con competencias sobre todo el territorio.